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	<title>DOMICILIO FAMILIAR archivos - P&Eacute;REZ &middot; TOMEO ABOGADOS</title>
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	<description>Tu Despacho de Abogados Matrimonialistas en Tenerife</description>
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	<title>DOMICILIO FAMILIAR archivos - P&Eacute;REZ &middot; TOMEO ABOGADOS</title>
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		<title>Divorcio y vivienda: ¿Cómo resolver el conflicto?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[IMANOL TOMEO]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Feb 2025 18:29:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>La vivienda familiar suele ser el centro de múltiples conflictos durante un proceso de divorcio. Ya sea de mutuo acuerdo o por decisión judicial, la propiedad es una fuente de discusiones donde las emociones y los intereses chocan. Aunque cada situación es única, existen factores comunes que influyen en la toma de decisiones, como la existencia de [&#8230;]</p>
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									<p>La vivienda familiar suele ser el centro de múltiples conflictos durante un proceso de divorcio. Ya sea de mutuo <span style="font-size: 15px; font-style: normal; font-weight: 400; background-color: var(--ast-global-color-5);">acuerdo</span><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);"> o por decisión judicial, la propiedad es una fuente de discusiones donde las emociones y los intereses chocan. Aunque cada situación es única, existen factores comunes que influyen en la toma de decisiones, como la existencia de hijos menores, la hipoteca y las necesidades de cada cónyuge.</span></p><p data-sourcepos="7:1-7:35"><strong>Venta: ¿La solución más viable?</strong></p><p data-sourcepos="9:1-9:321">En muchos casos, la venta de la vivienda se presenta como la mejor alternativa. Esta opción permite liquidar la hipoteca y repartir las ganancias, lo que puede facilitar la transición hacia una nueva etapa para ambas partes. Sin embargo, la decisión de vender no siempre es fácil y puede generar desacuerdos y tensiones.</p><figure id="attachment_2666" aria-describedby="caption-attachment-2666" style="width: 300px" class="wp-caption alignleft"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="wp-image-2666 size-medium lazy" src="data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns%3D%22http%3A%2F%2Fwww.w3.org%2F2000%2Fsvg%22%20viewBox%3D%220%200%20300%20300%22%3E%3C%2Fsvg%3E" data-src="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2025/02/VIVIENDA-300x300.jpg" alt="Vivienda" width="300" height="300" data-srcset="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2025/02/VIVIENDA-300x300.jpg 300w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2025/02/VIVIENDA-150x150.jpg 150w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2025/02/VIVIENDA-768x768.jpg 768w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2025/02/VIVIENDA.jpg 968w" data-sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /><figcaption id="caption-attachment-2666" class="wp-caption-text">Vivienda</figcaption></figure><p data-sourcepos="11:1-11:51"><strong>El derecho de uso.</strong></p><p data-sourcepos="13:1-13:368">Cuando hay hijos menores de edad o uno de los miembros de la pareja está en una peor situación financiera, el derecho de uso de la vivienda familiar es una opción a considerar. En el caso de que el motivo fuera la guarda de hijos menores, este derecho permitiría que el cónyuge en cuya compañía quedaran permanecería en la vivienda hasta que estos alcanzaran la mayoría de edad. Incluso, este derecho se podría extender en situaciones de dificultad económica o falta de alternativas habitacionales.</p><p data-sourcepos="13:1-13:368">También se hace preciso recordar que el cónyuge que permanece en la vivienda, si es cotitular, deberá abonar la parte correspondiente de la hipoteca, el IBI, derramas y los seguros, junto con la totalidad de los gastos de comunidad y de los suministros. Si no es cotitular abonará <span style="font-size: 15px; font-style: normal; font-weight: 400; background-color: var(--ast-global-color-5);">los gastos de comunidad y los suministros.</span></p><p data-sourcepos="15:1-15:44"><strong>La hipoteca: Un factor a tener en cuenta</strong></p><p data-sourcepos="17:1-17:339">La presencia de una hipoteca añade un elemento más de complejidad al proceso de divorcio. Es fundamental determinar quién se hará cargo de los pagos y cómo se repartirán las responsabilidades financieras. Lo habitual es que ambos sigan haciéndose cargo aunque en algunos casos, los menos, se puede acordar que uno de los cónyuges asuma el 100%.</p><p data-sourcepos="19:1-19:79"><strong>Disolución del condominio: Una alternativa a valorar.</strong></p><p data-sourcepos="19:1-19:79"><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">Otra opción es que uno de los cónyuges adquiera la parte de la vivienda del otro. Nos referimos a disolver el </span><a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art400" target="_blank" rel="noopener">condominio</a><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">; una alternativa ventajosa desde el punto de vista fiscal. Esta figura permite evitar el pago de impuestos como la plusvalía o el de transmisiones patrimoniales,  aunque sí puede generar el pago de IRPF si existen ganancias sobre el precio original de compra para quien vende. S</span><span style="font-size: 15px; font-style: normal; font-weight: 400; background-color: var(--ast-global-color-5);">i se realiza notarialmente, </span><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">el adquirente liquidará el impuesto de actos juridicos documentados, de mucha menor cuantía que el de transmisiones patrimoniales.</span></p><p data-sourcepos="23:1-23:30"><strong>Recomendaciones y consejos</strong></p><p data-sourcepos="25:1-25:91">A pesar de que cada caso es diferente, algunas recomendaciones generales pueden ser útiles:</p><ul><li data-sourcepos="27:3-27:230"><strong>Vender la vivienda:</strong> En la medida de lo posible, la venta suele ser la opción más recomendable. Permite cancelar la hipoteca y repartir el dinero, lo que puede facilitar la adquisición de una nueva vivienda para cada cónyuge.</li><li data-sourcepos="29:3-29:243"><strong>Negociación y mediación:</strong> Es fundamental intentar llegar a un acuerdo amistoso y evitar la vía judicial. La negociación es una herramienta útil para resolver conflictos y alcanzar soluciones satisfactorias para ambas partes.</li><li data-sourcepos="31:3-31:204"><strong>Asesoramiento profesional:</strong> Contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia puede ser de gran ayuda para entender las opciones disponibles y tomar decisiones informadas.</li></ul><p data-sourcepos="33:1-33:14"><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">En definitiva, la decisión sobre qué hacer con la vivienda en un divorcio es una de las más importantes y difíciles. Requiere un análisis cuidadoso de las circunstancias personales, económicas y familiares de cada caso. Buscar el diálogo, la negociación y el asesoramiento profesional son claves para llegar a un acuerdo que proteja los intereses de todas las partes involucradas.</span></p><p data-sourcepos="33:1-33:14"><a href="https://www.abogadodivorciostenerife.com/" target="_blank" rel="noopener">CONTACTE CON PÉREZ · TOMEO ABOGADOS  </a></p>								</div>
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		<title>DIVORCIO Y DOMICILIO FAMILIAR</title>
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		<dc:creator><![CDATA[IMANOL]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Dec 2021 13:31:19 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El domicilio familiar es, junto con la custodia por los hijos, uno de los asuntos que más intranquilidad produce a las parejas cuando se divorcian. Es una cuestión compleja con muchas aristas. Cuando no hay hijos menores y la vivienda es de uno o de ambos y el uso se atribuye al otro miembro de [&#8230;]</p>
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									<p>El domicilio familiar es, junto con la custodia por los hijos, uno de los asuntos que más intranquilidad produce a las parejas cuando se divorcian. Es una cuestión compleja con muchas aristas.</p>
<p></p>
<p>Cuando no hay hijos menores y la vivienda es de uno o de ambos y el uso se atribuye al otro miembro de la pareja, los problemas se intensifican, básicamente por el reparto y el pago de la hipoteca. Cuando hay hijos menores no hay discusión, el interés de estos es el que determina la atribución del uso del domicilio.</p>
<p></p>
<p><strong><img decoding="async" class="wp-image-2041 alignleft lazy" src="data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns%3D%22http%3A%2F%2Fwww.w3.org%2F2000%2Fsvg%22%20viewBox%3D%220%200%20400%20400%22%3E%3C%2Fsvg%3E" data-src="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/12/DOMICILIO-FAMILIAR.jpg" alt="DOMICILIO FAMILIAR" width="400" height="400" data-srcset="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/12/DOMICILIO-FAMILIAR.jpg 813w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/12/DOMICILIO-FAMILIAR-300x300.jpg 300w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/12/DOMICILIO-FAMILIAR-150x150.jpg 150w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/12/DOMICILIO-FAMILIAR-768x768.jpg 768w" data-sizes="(max-width: 400px) 100vw, 400px" /></strong><strong>En el caso de que el<u> domicilio familiar sea de ambos </u></strong>(en proindiviso o pertenezca a la comunidad ganancial) <strong><u>y no haya hijos</u></strong>, lo común es que se alterne su uso hasta la extinción del proindiviso o liquidación de la sociedad de gananciales. <strong>En el supuesto de que el domicilio sea de <u>propiedad exclusiva</u></strong>, el titular se quedará en su poder, <strong>excepto</strong> que el no titular se encuentre en una situación de desequilibrio económico. Si fuera así, se le atribuirá el uso temporalmente.</p>
<p></p>
<p>Otra de las cuestiones recurrentes en torno al domicilio tras el divorcio, es su impacto en el testamento. <strong>¿Hay que modificar el testamento otorgado en favor del ex?</strong> A pesar de que el código civil es claro acerca de los efectos hereditarios que produce el divorcio, para evitar complicaciones a los herederos, es preferible modificarlo tras la ruptura. La doctrina no es pacífica y está abierta a interpretaciones.</p>
<p></p>
<p>Otra complicación con la que nos encontramos los abogados respecto al domicilio familiar es cuando uno de los copropietarios se niega a venderlo. &nbsp;Cuando el domicilio es de los dos, no se puede vender sin autorización de la otra parte, pero sí se puede ejercitar judicialmente una acción de división de la cosa común. Así, el juez, ante el desacuerdo de la venta o la adjudicación a uno de los copropietarios, ordenará su subasta. <strong>Otra opción para el que quiere vender</strong>, es transmitir su parte indivisa sin perjuicio del derecho de adquisición preferente del otro condueño.</p>
<p></p>
<p><strong>¿Se puede alquilar el domicilio una vez me he divorciado?</strong> El domicilio puede alquilarse por cualquiera de los copropietarios, sean cónyuges o estén ya divorciados. Ahora bien, si el arrendamiento tiene una duración mayor de seis años será necesario el consentimiento de ambos (<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763&amp;p=20211103&amp;tn=1#art1548" target="_blank" rel="noopener">art. 1548 C</a>C). Si no hay acuerdo, decidirá un juez. Asimismo, aunque cualquiera de los dos pueda alquilar el domicilio, el que no esté de acuerdo puede acudir al juez para que decida sobre la validez de ese arrendamiento.</p>
<p></p>
<p><a href="https://www.abogadodivorciostenerife.com/contacto/">CONTACTA PÉREZ · TOMEO ABOGADOS</a></p>
<p></p>
<p>Fuente: ElPais. Negocios.</p>								</div>
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		<title>DIVORCIO: PREGUNTAS FRECUENTES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[IMANOL]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Sep 2021 18:04:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>¿Cuáles son las preguntas más recurrentes ante la ocurrencia de un divorcio? No es ningún secreto, emocionalmente, divorciarse no es sencillo. Cuando una pareja pone fin a su relación, se generan diferentes aspectos a abordar y es lógico que, ante algunos de ellos, surjan dudas. Por ello, lo primero y primordial es contar con información [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[		<div data-elementor-type="wp-post" data-elementor-id="1985" class="elementor elementor-1985">
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									<p style="font-size: 15px; font-style: normal; font-weight: 400;">¿Cuáles son las preguntas más recurrentes ante la ocurrencia de un divorcio?</p>
<div><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">No es ningún secreto, emocionalmente, divorciarse no es sencillo. Cuando una pareja pone fin a su relación, se generan diferentes aspectos a abordar y es lógico que, ante algunos de ellos, surjan dudas.</span></div>
<p>Por ello, lo primero y primordial es contar con información y saber qué derechos y obligaciones existen. Para cuestiones legales lo más recomendable es consultar con un abogado especializado. Contar con asesoramiento y compartir esas dudas puede aliviar esas primeras inquietudes.</p>
<p><strong style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">&nbsp;</strong><strong style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">1.- ¿El divorcio puede ser unilateral o necesito el consentimiento de mi pareja?</strong></p>
<p><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">El divorcio puede ser unilateral. Solo se requiere que, desde la boda, hayan pasado más de 3 meses. Cuanto más entendimiento haya entre las partes, más ágil será todo el proceso. &nbsp;Si no lo hubiera, será un juez el que las determine y los tiempos los marcará el calendario del juzgado.</span></p>
<p><strong>2.- ¿Qué es el convenio (regulador)?</strong></p>
<p><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">Es el documento en el que los esposos detallan las condiciones de su ruptura. Por ejemplo, el reparto del patrimonio, la custodia y visitas de los menores, las pensiones, etc. Al ser un documento sujeto a unas formalidades específicas y unido a la demanda, lo redacta un/a abogado/a. En un divorcio de mutuo acuerdo, se presenta un único convenio, aunque cada cónyuge tenga su abogado. Luego, este convenio se ratifica y homologa. Si existieran menores, el convenio también sería examinado por el fiscal. Si es contencioso, cada parte presentará sus propuestas y en base a ellas, el juez decidirá.</span></p>
<p><strong>3.- ¿Hay que separarse antes para divorciarse? </strong></p>
<p>No, desde 2005 no. Sin embargo, algunas parejas deciden cesar su convivencia antes de tomar la decisión definitiva y divorciarse. Mientras no haya una resolución acordando el divorcio, el vículo matrimonial sigue vigente, se sigue casado.</p>
<p><strong>4.- ¿Cuándo es viable interesar una pensión compensatoria?</strong></p>
<p><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">En el caso de que tras la ruptura se vea deteriorada la situación económica. El desequilibrio debe traer causa en el propio matrimonio. Las pensiones deben solicitarse, no se aprecian de oficio por el juez. Su duración es variable, cabe su modificación -solo a la baja-, y también su extinción.&nbsp;&nbsp;</span></p>
<p><strong>5.- Si me casé en separación de bienes y mi pareja incrementó su patrimonio, ¿tengo derecho a algo? &nbsp;</strong></p>
<p><span style="font-size: 15px; background-color: var(--ast-global-color-5);">Depende. Depende de la documentación que acredite esas compras y de la predisposición del cónyuge propietario a negociar. Si no hubiera acuerdo, habría que someterlo a decisión judicial y acreditar las circunstancias que lo justifiquen.&nbsp;&nbsp;</span></p>
<p><img decoding="async" class="alignleft wp-image-1987 lazy" title="divorcio" src="data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns%3D%22http%3A%2F%2Fwww.w3.org%2F2000%2Fsvg%22%20viewBox%3D%220%200%20400%20400%22%3E%3C%2Fsvg%3E" data-src="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/09/DUDAS-DIVORCIO.jpg" alt="divorcio" width="400" height="400" data-srcset="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/09/DUDAS-DIVORCIO.jpg 864w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/09/DUDAS-DIVORCIO-300x300.jpg 300w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/09/DUDAS-DIVORCIO-150x150.jpg 150w, https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2021/09/DUDAS-DIVORCIO-768x768.jpg 768w" data-sizes="(max-width: 400px) 100vw, 400px" /></p>
<p><strong>6.- ¿Qué significa tener la custodia compartida de los hijos?</strong></p>
<p>Bajo esta modalidad de guarda, los menores viven con sus progenitores por periodos alternos. Esos periodos no tienen por qué ser matemáticamente iguales. En la custodia compartida ambos progenitores se involucran y ejercen un papel activo de forma igualitaria en la vida del menor sin necesidad de estar juntos, lo cual no ocurre en la guarda exclusiva. Para solicitarla, no es necesario que exista acuerdo, cualquier miembro de la pareja puede hacerlo. Con base a este requisito, el juzgador analizará las ventajas o desventajas para tomar su decisión.</p>
<p><strong>7.- ¿Si mi pareja no paga la pensión de alimentos qué puedo hacer?</strong></p>
<p>Tres alternativas, de menor a mayor dureza. La primera, la extrajudicial, mediante el envió de un burofax exigiendo el pago. La segunda, la civil, interposición de una demanda ejecutiva. Tercera, la penal, denuncia por impago de pensiones. Esta última solo en el caso que no se hubiera abonado la pensión durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos. Además, debe existir dolo, es decir, que pudiendo pagar no se quiera.</p>
<p><strong>8.- Si me divorcio, ¿la casa para quién?</strong></p>
<p>Primero un matiz, la casa en sí no, sino su uso.</p>
<p>Pues depende. Si la custodia fuera exclusiva, el uso se atribuiría al progenitor en cuya compañía queden los menores. Si fuera compartida, habría que analizar posibilidades de alojamiento y capacidades económicas de los progenitores. Lo mejor, como siempre, acuerdo. Si no, decide el juez.</p>
<p><strong>9.- ¿Qué es el régimen de visitas? ¿Cómo actúo ante su incumplimiento?</strong></p>
<p>El régimen de visitas (régimen de comunicación, estancias y visitas), es el derecho-deber que tiene el progenitor no custodio mediante el que se establece el tiempo, forma y lugar en el que ejercerá su derecho a relacionarse con sus hijos.</p>
<p>Este derecho también puede concederse a familiares cercanos como abuelos o tíos. Como en todo lo anterior, quien decide primero sobre cómo debe ser, son los progenitores. En caso contrario, el juez.</p>
<p><strong>Ante el incumplimiento del régimen de visitas. </strong>Si la situación que ha dado lugar al incumplimiento no es temporal, lo recomendable es modificar las visitas, bien sea ante notario mediante un acuerdo privado, o judicialmente mediante la modificación de la sentencia en un nuevo procedimiento.</p>
<p>Si el incumplimiento obedeciera a razones espurias, o no hubiera motivos, se interpondría una demanda ejecutiva para exigir el cumplimiento de la sentencia o del auto.</p>
<p><strong>10.- ¿Cuánto tarda la sentencia de divorcio? </strong></p>
<p>Nuevamente, depende. Depende de si es contencioso o mutuo acuerdo, así como del juzgado. Si es de mutuo acuerdo, la media son de 2 a 3 meses y si es contencioso, un año o más.</p>
<p>El juzgado no se elige, viene&nbsp;<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-323&amp;p=20190415&amp;tn=1#a769" target="_blank" rel="noopener">predeterminado por ley&nbsp;</a>en base a unos criterios de&nbsp;competencia.</p>
<p><a href="https://www.abogadodivorciostenerife.com/contacto/" target="_blank" rel="noopener">CONTACTA PEREZ · TOMEO ABOGADOS</a></p>								</div>
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		<title>EXTINCIÓN DEL USO SOBRE DOMICILIO FAMILIAR (por NUEVA RELACIÓN)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[IMANOL]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 May 2020 09:12:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>En noviembre de 2018 conocimos el fallo de una&#160;Sentencia&#160;del Tribunal Supremo que supuso un gran cambio.&#160; Nos referimos a la sentencia&#160;núm. 641/2018 de 20 de noviembre de 2018. Esta sentencia fue novedosa teniendo en cuenta la jurisprudencia existente sobre la extinción del derecho de uso sobre el domicilio familiar. La causa que existía para solicitar [&#8230;]</p>
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									<p>En noviembre de 2018 conocimos el fallo de una <a href="http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/0edd7e1af6ae0205/20181126" target="_blank" rel="noopener">Sentencia</a> del Tribunal Supremo que supuso un gran cambio.  Nos referimos a la sentencia<span style="font-size: 15px;"> núm. 641/2018 de 20 de noviembre de 2018. Esta sentencia f</span><span style="font-size: 15px;">ue novedosa teniendo en cuenta la jurisprudencia existente </span><b style="font-style: inherit;">sobre la extinción del derecho de uso sobre el domicilio familiar</b><span style="font-size: 15px;">. La causa que existía para solicitar dicha extinción era la convivencia marital por parte de a quien se le atribuyó el uso (además de la guarda y custodia de los hijos).</span></p><p>Con anterioridad los casos se resolvían (1) reduciendo la pensión de alimentos o (2) fijando un límite temporal para que se produjera la extinción. El límite temporal era la liquidación de la sociedad de gananciales o el procedimiento análogo para otros regímenes económicos matrimoniales.</p><p>Asimismo, la sentencia es reveladora por cuanto determina que aun existiendo menores, la extinción no supone desoír su interés superior. </p><h4>LOS CONCEPTOS CLAVE PARA ENTENDER EL PORQUÉ DE LA EXTINCIÓN DEL DERECHO</h4><p><span style="font-size: 15px;"><img decoding="async" class="alignleft lazy" src="data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns%3D%22http%3A%2F%2Fwww.w3.org%2F2000%2Fsvg%22%20viewBox%3D%220%200%20400%20400%22%3E%3C%2Fsvg%3E" data-src="https://www.abogadodivorciostenerife.com/wp-content/uploads/2020/05/extinción-uso.jpg" alt="extinción uso" width="400" height="400" />El Tribunal, p</span><span style="font-size: 15px; font-style: normal; font-weight: 400;">ara fundamentar su decisión,</span><span style="font-size: 15px;"> analiza una serie de conceptos clave en este tipo de asuntos desde esa nueva óptica y los </span><span style="font-size: 15px; font-style: normal; font-weight: 400;">pone </span><span style="font-size: 15px;">en relación con el caso. Estos conceptos claves, a nuestro entender son:</span></p><ul><li><b>ALTERACIÓN SUSTANCIAL</b>: “<i>Una nueva relación de pareja, tras la ruptura del matrimonio, tiene evidente influencia en la pensión compensatoria, en el derecho a permanecer en la casa familiar e incluso en el interés de los hijos, <strong>desde el momento en que introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente</strong> (…)</i><em>”</em></li><li><b>VIVIENDA FAMILIAR</b>: Cuando en el domicilio familiar entra a vivir un tercero –la pareja del que tiene atribuido el uso–, esa consideración legal (domicilio familiar) desaparece.  ¿Por qué? Porque en su uso sirve a una nueva familia a la que el no custodio no tiene obligación de mantener. Es más, cada miembro de la pareja puede hacer con su vida sentimental lo que quiera, pero el límite de ese «uso» está el perjuicio a otros.</li><li><b>DERECHO A UNA VIVIENDA (DE LOS MENORES)</b>: <em>La extinción del derecho de uso no les priva de su derecho a una vivienda. Pero más allá de que se les proporcione una vivienda que cubra las necesidades de alojamiento en condiciones de dignidad y decoro, <strong>no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar</strong>. </em></li><li><b>DERECHO DE USO (DEL GUARDADOR)</b>: <em>El derecho de uso de la <strong>vivienda familiar</strong> existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Se confiere y se mantiene <strong>en tanto que conserve este carácter familiar</strong></em>.</li><li><b>INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR</b>: “<em>El interés de los hijos <strong>no puede desvincularse</strong> absolutamente del de sus padres, cuando es posible <strong>conciliarlos</strong>. El interés <strong>en abstracto</strong> o simplemente especulativo <strong>no es suficiente</strong> y la misma decisión adoptada en su día por los progenitores para poner fin al matrimonio, la deben tener ahora para actuar en beneficio e interés de sus hijos respecto de la vivienda (…)”</em></li></ul><p>En resumen, se produce una afectación en cascada desde el momento en el que el domicilio familiar pierde esa naturaleza. Así, se ven afectados los derechos que el guardador pueda tener sobre el mismo. No es que desaparezcan, sino que deben buscar nuevo acomodo.</p><p> </p><p>¿Te quedan preguntas? ¿Te encuentras en la misma situación? <a style="font-size: 15px; background-color: #ffffff;" href="https://www.abogadodivorciostenerife.com/contacto/" target="_blank" rel="noopener">CONTACTA PÉREZ · TOMEO</a></p>								</div>
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		<title>LA VIVIENDA NIDO: POR QUÉ NO FUNCIONA.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[IMANOL]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Feb 2020 18:19:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias - Sentencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La vivienda nido es una modalidad de guarda y custodia compartida en la que los menores tienen una residencia fija. Así, con independencia de a qué progenitor le corresponda la guarda, son estos los que se alternan su uso. En nuestro derecho positivo no existe un catálogo de modalidades de custodia compartida. Imaginamos que ello [&#8230;]</p>
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