EXEQUATUR

¿QUÉ ES EL EXEQUATUR?

El exequatur es un procedimiento de verificación. Una autoridad, diferente a la de dónde se dictó la resolución y en base a la normativa aplicable, valida que la misma se ajusta a dichos parámetros para que despliegue sus efectos.

Me he divorciado, separado judicialmente en el extranjero y quiero que se reconozca esa resolución en España. ¿Qué tengo que hacer?

Para que la resolución despliegue sus efectos, los juzgados españoles deben reconocer la resolución.

¿Cómo se inicia y tramita el EXEQUATUR?

Mediante demanda, presentada con abogado y procurador.

EXEQUATUR¿En qué juzgado presento el EXEQUATUR?

En el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio de la persona contra la que se pide el reconocimiento (del demandado) o exista algún tipo de vínculo territorial. 

¿Qué hay que presentar junto con la demanda de reconocimiento de resolución extranjera?

Todo dependerá del país del cual proviene la resolución. 

Por regla general, los documentos que necesita presentar para que sea reconocida su sentencia de divorcio dictada en el extranjero en España serán:

  • Una copia auténtica de la resolución. En su caso, apostillada (Apostilla de la Haya) y traducida al español por traductor jurado. 
  • Un certificado expedido por el órgano jurisdiccional o autoridad competente del Estado miembro en el que se hubiere dictado la resolución.
  • El documento que acredite que se emplazó correctamente al demandado o que se dictó en rebeldía.

El reconocimiento en España de resoluciones dictadas en Dinamarca, al igual que las de paises no miembros, se rige por la normativa española y en base al principio de colaboración.

Si su matrimonio ya constaba inscrito en España y la resolución procede de un estado miembro de la UE (excepto Dinamarca), bastará actualizar el registro civil.

¿Qué hay que presentar?

  • Una copia auténtica de la resolución (traducida al español por traductor jurado).
  • Un certificado expedido por el órgano jurisdiccional o autoridad competente del Estado miembro en el que se hubiere dictado la resolución.
  • Un documento que acredite que se emplazó correctamente al demandado o que se dictó en rebeldía.

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