VACACIONES DE VERANO Y RÉGIMEN DE VISITAS

Muchas familias están a punto de comenzar las vacaciones escolares de verano de sus hijos. Esto puede ser un problema si trabajan y deben encontrar una solución para cuidar a los niños mientras están en la oficina.

Si los progenitores están divorciados y no se ponen de acuerdo en la distribución de las vacaciones, puede ser aún más complicado. ¿Cómo actuar en caso de desacuerdo o si el hijo se resiste a pasar las vacaciones con uno de los padres?

vacaciones veranoEn primer lugar, los acuerdos relacionados con la custodia de los hijos deben estar establecidos en un convenio regulador del divorcio o en una sentencia. Normalmente, se establecen dos periodos para las vacaciones de verano, uno para cada progenitor, alternándolos cada año. El progenitor que tiene la custodia no puede rechazar que los hijos pasen el periodo de vacaciones con el otro.

Para viajar con los niños fuera de España (no así si viajan dentro del territorio), será necesario el consentimiento de ambos progenitores. A mayor abundamiento, para la renovación o expedición del pasaporte, se requeriría el acuerdo de ambos progenitores.

Cuando la sentencia del divorcio no es clara en la distribución de las vacaciones, se recomienda que se pongan de acuerdo. Si no se puede llegar a un acuerdo, es posible solicitar una aclaración de la sentencia a un juez.

Siempre que un progenitor incumpla el régimen de visitas, será necesario acudir al juez para ejecutar o modificar la sentencia. Sin embargo, durante los periodos vacacionales, el régimen de visitas ordinario queda suspendido para no interrumpir la continuidad de las estancias de los niños con el progenitor correspondiente.

En cuanto a los menores, estos no pueden negarse a pasar tiempo con un progenitor, pero si lo hacen, es necesario averiguar las razones detrás de su resistencia y buscar ayuda judicial para tomar medidas necesarias. En general, siempre se debe priorizar el bienestar de los hijos.

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